DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL
Los derechos de autor y propiedad intelectual son términos que se utilizan indistintamente (por igual). Considero que son indispensables para los profesionales del área de diseño principalmente por la protección que por ley les es brindada a sus obras (propiedad intelectual) cuando estas se encuentran debidamente registradas. Por "propiedad intelectual" se entiende a las creaciones del intelecto: desde las obras de arte hasta las invenciones, los programas informáticos, las marcas y otros signos utilizados en el comercio.
Aprendí que existen diversas categorías de obras
que se pueden registrar, enfocadas al diseño se encuentran: diseños gráficos
individuales o compuestos, estudios, proyectos, obras artísticas, fotografías,
obras audiovisuales y realizaciones gráficas en formatos de todo tipo (papel,
multimedia, digital, etc.). Entre otros trabajos se encuentran los académicos
como lo son: presentaciones, informes, proyectos, vídeos, blogs, trabajos fin
de grado, trabajos fin de master, etc. los cuales están protegidos por los
derechos de autor sea cual sea su formato.
En el caso de los derechos de autor, se aplica la
Ley Federal del Derecho de Autor aplicada por el INDAUTOR e IMPI.
La normatividad protege los derechos morales y económicos
de los autores sobre sus obras y regula las condiciones de uso por parte del
público. Si se llega a infringir (cometer plagio) existen múltiples sanciones
como prisión (de 6 meses – 6 años) y multas que van desde los trescientos a
tres mil días.
Por ello, considero que es indispensable que el
profesional del diseño se encuentre siempre actualizado en todo el proceso de los
derechos de autor.
CONCLUSIONES
Como conclusión, se puede resumir que la Legislación
aplicable a la protección del diseño protege legalmente al autor.
Por medio del derecho de propiedad intelectual y la
regulación Protección de los derechos los Derechos de autor todas las obras
recocidas por la ley, con base en la Ley Federal del Derecho de Autor,
quedan protegidas de violaciones y trasgresiones que atenten contra la misma
obra registrada o su respectivo autor.
Es importante que conozcamos que es lo que
establece nuestras leyes, pues lo que
nos indican los organismos gubernamentales
como los son el Instituto Nacional del Derecho de Autor y el Instituto Mexicano
de Propiedad Industrial en lo que respecta a los derechos del autor, tratan a
cerca de la protección de las obras, pues como parte de nuestros derechos las
obras pueden ser de nuestra propiedad y autoría.
Es relevante conocer nuestros derechos que tenemos como autores a nivel nacional, así como los derechos que nos corresponde a nivel internacional, ya que forman parte de los derechos morales, patrimoniales que podemos obtener a través del registro correspondiente de la obra, de esta forma nuestras obras quedan protegidas por los derechos de integridad y paternidad que hacen que nuestro trabajo (nuestras obras) sean respetadas y apreciadas como debe de ser.
REFERENCIAS
JUSTIA México. (2022, 6 mayo). Derecho de la
Propiedad Intelectual. Justia. Recuperado 22 de junio de 2022, de https://mexico.justia.com/derecho-de-la-propiedad-intelectual/#:%7E:text=El%20Derecho%20de%20Propiedad%20Intelectual,se%20utilizan%20en%20el%20comercio.
MONDRAGON UNIBERTSITATEA. (s. f.). Derechos de
autor y propiedad intelectual. Recuperado 22 de junio de 2022, de https://www.mondragon.edu/es/web/biblioteka/propiedad-intelectual
OMPI. (s. f.-a). Derecho de autor. Recuperado 22 de
junio de 2022, de https://www.wipo.int/copyright/es/
Valdera, C. (2021, 3 mayo). Artículo: Las licencias
Creative Commons: qué son, por qué utilizarlas y cómo hacerlo | Cedec. CEDEC.
Recuperado 23 de junio de 2022, de https://cedec.intef.es/las-licencias-creative-commons-que-son-por-que-utilizarlas-y-como-hacerlo/
INDAUTOR. (2022). Costos de los trámites y servicios del Indautor “2022”. https://www.indautor.gob.mx/documentos/informacion-oficial/Costos-tramites-servicios-2022.pdf
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